El Nuevo Día, por Rut N. Tellado Domenech
El juez William Young, designado al Tribunal Federal de San Juan, decidió ayer que es inconstitucional negarle a los residentes de Puerto Rico acceso a los programas de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP) y a los subsidios por bajos ingresos (LIS) de la parte D de Medicare, que cubre medicamentos recetados.
El togado entendió que establecer lo contrario violaría la igual protección de las leyes. La vigencia de estos programas pudiera tener un impacto anual en la isla de $2,500 millones.
La determinación surge después de una demanda presentada por nueve ciudadanos en contra de los departamentos estadounidenses de Salud, Agricultura y el Seguro Social. El tribunal ordenó al gobierno federal que cumpla con “disposiciones constitucionales” y haga disponibles esos programas a nivel local.
A continuación, respondemos varias preguntas acerca del programa de Seguridad de Ingreso Suplementario, que también es conocido como el Seguro Social Suplementario.
¿Qué es el SSI?
El programa de Seguridad de Ingreso Suplementario es una iniciativa de la Administración del Seguro Social que paga beneficios a los adultos y a niños incapacitados que tienen ingresos bajos y recursos limitados. La propia agencia informa en su portal que los beneficios de SSI también se pagan a las personas mayores de 65 años si cumplen con ciertos límites económicos.
¿Quiénes son elegibles?
Es elegible cualquier persona ciega, discapacitada o que tenga 65 años o más con ingresos o recursos limitados; que sea ciudadano o nacional de los Estados Unidos; que resida en uno de los 50 estados, Washington DC o las Islas Marianas del Norte; no se ausente del país por un mes calendario completo o por 30 días consecutivos o más; no está confinado a una institución (como un hospital o prisión) a expensas del gobierno; solicita cualquier otro beneficio en efectivo o pagos para los cuales él o ella puede ser elegible (por ejemplo, pensiones o beneficios del Seguro Social); presenta una solicitud y cumple con otros requisitos.
Cabe destacar que el requisito de residencia no incluye a quienes viven en Puerto Rico e Islas Vírgenes Estadounidenses, pero sí a las Islas Marianas del Norte, cuando las tres jurisdicciones son territorios y no estados de Estados Unidos. En cambio, hay ciertas excepciones bajo las cuales personas extranjeras pueden cualificar para el SSI, incluyendo refugiados admitidos en los Estados Unidos en virtud de la Sección 207 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) e inmigrantes especiales iraquíes y afganos, quienes pueden calificar para el SSI por un período de siete años.
¿En qué consiste el beneficio?
El programa proporciona dinero en efectivo para satisfacer las necesidades básicas de alimentos, ropa y vivienda de las poblaciones antes mencionadas. El pago mensual promedio del SSI en Estados Unidos fue de $574.72 en marzo de 2020, informó John Shallman, director de Comunicaciones de la Administración del Seguro Social para la región de Nueva York, que cubre a Puerto Rico. Mientras que el Seguro Social regular se financia con las aportaciones realizadas por los trabajadores, el dinero para el SSI proviene de los impuestos federales que pagan los contribuyentes.
¿Cuántas personas reciben este beneficio?
“En marzo de 2020, unos 8 millones de personas (en Estados Unidos) recibieron pagos mensuales del SSI federal”, respondió hoy Shallman en declaraciones escritas.
¿Cómo se solicita?
Quienes residen en uno de los 50 estados, Washington DC o las Islas Marianas del Norte y cumplen con los demás requisitos, pueden llenar la solicitud por internet (más detalles en https://www.ssa.gov/espanol/beneficios/ssi/), así como llamar al 1-800-772-1213 o al TTY 1-800-325-0778.
Entonces, ¿qué hay disponible para Puerto Rico?
Puerto Rico, al igual que los territorios de Islas Vírgenes Estadounidenses y Guam, tiene acceso al programa de ayuda a adultos mayores, ciegos y discapacitados (AABD, por sus siglas en inglés). Según Benefits.gov, el programa proporciona pagos mensuales en efectivo para personas de edad mayor y escasos recursos, así como personas ciegas y discapacitadas. Estos pagos ayudan con alimentos, vivienda, ropa y otras necesidades de la vida diaria. Para cualificar, la persona debe ser mayor de 64 años, discapacitada y mayor de 17 años, o ciega. El beneficio promedio recibido en la isla bajo este programa es de unos $77 al mes, según el economista José Alameda. Para más información, según Benefits.gov, puede llamar al 212-264-2890.